Estatutos FLM

ORDEN DE LA MERCED
PROVINCIA MERCEDARIA MEXICANA
SECRETARIADO DE PASTORAL MERCEDARIA

ESTATUTOS
FRATERNIDADES LAICALES MERCEDARIAS
2005

DECRETO DE PROMULGACION DE LOS ESTATUTOS DE LAS FRATERNIDADES LAICALES MERCEDARIAS DE LA PROVINCIA DE MEXICO
“Desde los inicios de la Orden, los laicos participan y colaboran en el ejercicio de la misión redentora de la Orden, constituyendo diversas asociaciones y cofradías. Entre ellas la más importante es la Orden Tercera, asociación de laicos integrada a la familia mercedaria, que participa del espíritu redentor; en ella, el cristiano realiza su consagración bautismal inspirado en los valores espirituales de San Pedro Nolasco, se centra en el amor a María de la Merced, busca como fin su santificación y desarrolla una eficaz colaboración en la misión de la Orden” (COM 117)
Para la Iglesia, y particularmente para la Orden, las fraternidades laicales^ mercedarias son una bendición. En nuestras parroquias, capellanías y diferentes campos de trabajo ministerial, su presencia contribuye de una manera protagónica, respaldando nuestra misión Liberadora.
Después de haber llevado a cabo un proceso de revisión y actualización de los Estatutos que regían a la Orden Tercera y Cofradía Mercedarias, a Dios gracias se ha logrado, la elaboración de un nuevo documento jurídico, teniendo en cuenta la consideración más amplia de las diferentes fraternidades laicales mercedarias que comparten con nosotros el espíritu redentor de Jesucristo, impulsados a realizar con alegría nuestro ministerio liberador al servicio de los cautivos de hoy.
Deseo agradecer la participación generosa de las Fraternidades Laicales de la Provincia; del Secretariado de Pastoral Mercedaria, dirigido por el P. Fr. Agustín Sánchez Salas; del Equipo de Reflexión de la Provincia; quienes, en reuniones de trabajo, mediante Congresos y/o reuniones especiales para este fin contribuyeron para que este cuerpo legislativo finalmente sea ya una realidad.
Quiera el Señor que esta nueva legislación ayude a dinamizar mejor todavía la presencia de los laicos mercedarios de la
Provincia, logrando la santificación de sus almas y una mejor colaboración al servicio de los cautivos de nuestro tiempo.
México, D.F., a 6 de noviembre de 2005, fiesta de todos los Santos de la Orden, y 788 años de la fundación de la Orden.

FR. Osvaldo Vivar Martínez O. de M. PROVINCIAL
FR. Alfredo Quintero Campoy SECRETARIO PROVINCIAL

CAPÍTULO I
NATURALEZA, IDENTIDAD Y ESPIRITUALIDAD
1.-       El 10 de agosto de 1218, en la ciudad de Barcelona, San Pedro Nolasco, inspirado por la Santa Madre de Dios, funda la Orden de la Merced, Instituto religioso dedicado a la redención de los cautivos. El rey Jaime I de Aragón se convierte desde ese momento en protector de la Orden, y el Obispo de Barcelona, Don Berenguer de Palou, es quien recibe la consagración de San Pedro Nolasco. Más tarde, el 17 de enero de 1235, el Papa Gregorio IX da a la Orden carácter universal mediante el decreto de confirmación. (Cf. COM. 2).

2.-       La Orden de la Merced está integrada por religiosos, religiosas y laicos, a quienes en su conjunto llamamos Familia Mercedaria. Las Fraternidades Laicales Mercedarias son el conjunto de grupos, asociaciones y movimientos considerados como propios de nuestro instituto, sea por su denominación, sea por el apostolado liberador que realizan, en la línea de la misión redentora mercedaria.

3.-       Los grupos laicales tienen su origen desde la época de Nuestro Fundador San Pedro Nolasco, quien organizó cofradías y grupos de laicos para la recolección de limosnas destinadas a las redenciones y para el cuidado de los cautivos y redimidos, a quienes asistían con sus propios bienes. De esta manera, desde los inicios de la Orden de la Merced, los laicos participan y colaboran en el ejercicio de la misión redentora. (Cf. COM. 117)

4.-       Los laicos mercedarios viven una vida fraterna, unidos en Cristo por el Espíritu Santo, en donde a cada miembro se le llama “Hermano o Hermana” porque son hijos de una misma Madre, la Virgen María de la Merced, e hijos de un mismo Padre, San Pedro Nolasco, nuestro fundador; y están dedicados a una misión salvífica común en el servicio de la redención.

5.-       Dios Padre de Misericordia ha enviado a su Hijo a visitar y redimir a los hombres y mujeres de todos los tiempos y de todos los lugares, a través del ministerio de la Iglesia. La Orden de la Merced, guiada por el Espíritu Santo, continúa esta acción liberadora de Jesús; para lo cual fomenta entre los laicos el deseo de colaborar en la obra redentora, ofreciendo el don de la amistad de Jesucristo y la libertad de los hijos de Dios. (Cf. COM. 1)

6.-       La misericordia de Dios es connatural a la Orden de la Merced, como lo expresan nuestras primitivas Constituciones: "Dios, Padre de Misericordia y Dios de todo consuelo y dador de alivio en toda tribulación, por su gran misericordia, envió a Jesucristo, su Hijo, a este mundo para visitar a todo el humano linaje que se hallaba como en cárcel, cautivo, en poder del diablo y del infierno, y para visitar y librar a todos los amigos que estaban esperando en la cárcel del Limbo, en poder del antedicho enemigo, y llevarlos a su gloria  “semejante manera, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, entre cuyas obras no hay distinción, por su mí y por su gran piedad, determinaron fundar y establecer esta Orden, llamada <Orden de la Virgen María de la Merced de la Redención de los cautivos de Santa Eulalia de Barcelona> ” .

7.-       El Divino Redentor quiso compartir el atributo de la misericordia divina a todos los hombres:       "Sean misericordiosos como su Padre celestial es misericordioso”. Esta misericordia, que es la compasión por el hombre caído, al que Dios envió a su Hijo para restituirle la libertad y la dignidad de hijo de Dios, se ha manifestado desde todos los tiempos. También la Orden de la Merced recibió de la Santísima Virgen María, el mandato de actualizar esta misericordia, en línea específica y bien definida, a favor de la libertad. Los laicos mercedarios hacen suya esta misericordia de Dios.

8.         La obra de Misericordia o Merced, de visitar y liberar a los cristianos cautivos, es el carácter con el que toda la familia mercedaria está signada para actuar la misión redentora. El proyecto de liberación mercedaria se ha visto iluminado, desde su origen, por el modelo de Jesús de Nazaret, el Hijo de Dios, que ha venido a liberamos de todas nuestras esclavitudes. Con Él llevamos un rayo de esperanza a todos los que esperan la liberación.

9.         Por la intervención de Nuestra Madre Santísima en el principio y vida de la Orden, ésta lleva el nombre de “Orden de la Virgen María de la Merced”, y la veneramos como inspiradora de esta obra redentora, pues ella es la Madre de los cautivos y la Madre de los redentores, y ella es la que nos anima y promueve en la misión de romper cadenas de opresión física, moral y mental. (Cf. COM. 7).

10.       El título con el que veneramos a la Madre de Dios, como inspiradora de la Orden de la Merced, Madre de la Merced nos confronta con nuestra acción liberadora: Merced es sinónimo de misericordia, es decir, de la acción gratuita de Dios a favor de los oprimidos, del regalo especial que María trajo a favor de los cristianos cautivos. Nuestra Señora de la Merced, por tanto, viene a recalcar nuestra misión en la Iglesia, pues ella es Merced de Dios para los cautivos: signo de la liberación que Dios ofrece a todos sus hijos e hijas privados de libertad.

CAPÍTULO II
FIN, CARISMA Y ESPÍRITU MERCEDARIOS
El Evangelio es un mensaje de libertad y su palabra lleva una fuerza de liberación; los laicos mercedarios lo hacen suyo con un estilo liberador: la Merced de Dios a favor de los oprimidos.
San Pedro Nolasco hace suyo el evangelio con un estilo de visita y liberación, transmitiéndonos un legado en donde cada uno de nosotros busca impregnar la historia de la cautividad con un signo liberador.
Los mercedarios tenemos como maestro y modelo a Cristo Redentor que con su muerte nos ha liberado de toda esclavitud. San Pedro Nolasco al recibir el carisma redentor, lo iluminó con este espíritu de Jesucristo, al grado de estar dispuesto a seguirlo, sacrificando hasta la propia vida en el ejercicio de su ministerio redentor. Este es el espíritu que debe mover toda actitud y toda acción de los laicos redentores mercedarios. (Cf. COM. 6).
Los laicos mercedarios, bajo la guía de los religiosos mercedarios, a Pedro Nolasco, como el signo más cercano del amor redentor de Jesús, que se hace presente como amigo y redentor entre los cautivos cristianos que se encuentras en situaciones de opresión en las nuevas formas de cautividad social, política, psicológica y moral, para visitarlos y liberarlos de sus cautividades, alegremente dispuestos a dar la vida, como Cristo la dio por nosotros.
Esta misión liberadora se ejerce en nombre de la Iglesia, desde una íntima comunión con Dios y una real encamación en las necesidades de los hombres. Los laicos mercedarios están conscientes de este compromiso que los integra a la naturaleza misma de la Orden de la Merced. (Cf. COM. 13)

CAPÍTULO III
ESTRUCTURA Y FORMACIÓN
15.       Es conveniente que las FLM se agrupen por categorías de edades (niños, jóvenes, adultos). Cada comunidad local de religiosos dedicados a la pastoral, tendrán y privilegiarán al menos: la Orden Tercera Mercedaria y/o Cofradía Mercedaria así como el Movimiento Juvenil Mercedario; cada grupo con su finalidad y misión bien definidas (Cf. COM 117, 120 y 118). para lo que se propone «Movimiento Infantil Mercedario, Movimiento Juvenil Mercedario, Orden Tercera Mercedaria, Cofradía Mercedaria, Esclavitud Mercedaria...».
16.       Por la importancia que tiene la Orden Tercera Mercedaria dentro de la Iglesia y de la Orden, nuestra Provincia conserva sus tradiciones de ingreso y formación, realizando el candidato un año de noviciado antes de ser admitido, y profesando los votos paralelos a la vida religiosa mercedaria, de obediencia, pobreza, castidad y voto de redención, en el estilo de los laicos. (Cf.COM 117, 119).
17.       La Cofradía Mercedaria tiene sus raíces en los inicios de la Orden, con San Pedro Nolasco como iniciador de estos grupos. La formación e ingreso de los nuevos hermanos (as) se realizan conforme a las tradiciones que cada comunidad local privilegia y mantiene en relación a estos grupos. (Cf. COM. 119)
18.       Todo bautizado en la Iglesia Católica es capaz de ingresar a una FLM; sin embargo, antes de ingresar, el candidato debe dar muestras de una vida cristiana en plenitud, por la perfección de la caridad; contribuyendo a la edificación del pueblo de Dios a partir de su propio testimonio y de su apostolado familiar, principalmente mediante la educación cristiana de sus hijos, si los tienen (C.I.C., 226, 1).
19.       Durante un tiempo adecuado los candidatos profundizan en las exigencias de la vida cristiana, en el llamamiento universal a la santidad. Recibirán una capacitación sobre la Historia y Espiritualidad Mercedarias, así como la historia de la Iglesia, el Catecismo de la Iglesia Católica y la Sagrada Escritura.
20.       Cultivan también la devoción a nuestra Madre de la Merced y a los santos mercedarios, bajo la dirección del Maestro de Formación, y el asesoramiento de un religioso mercedario, conforme a la espiritualidad mercedaria de estos mismos Estatutos. Además, su formación incluye todo lo que un buen cristiano debe vivir.
21.       Los candidatos, antes de integrarse en una FLM, hacen su solicitud por escrito al Director Espiritual; y éste, con el informe de la Junta de Gobierno, juzga la madurez e idoneidad requeridas para su aceptación o negación; esto último, si hubiesen causas justas. El rito de admisión se toma del Ritual de la Orden de la Merced.
22.       Una vez consagrados a Dios y a la Iglesia, a través de la Orden de la Merced, continúan actualizándose sobre los temas de cautiverio, liberación, libertad, y los métodos y ciencias que miran a la persona tanto social como individualmente (Cf. COM. 19); identificándose, cada vez más, sobre el ser y quehacer de la Orden Mercedaria.

CAPÍTULO IV
CONSTITUCIÓN DE LAS FLM
23.       Para la erección de una FLM se envía la solicitud de erección al P. Provincial, quien emite el decreto de erección por escrito; en iglesias donde no hay casa religiosa mercedaria, la solicitud se dirige al Obispo, quien decreta la erección. (Cf. C.I.C. 312)
24.       Corresponde al Director Espiritual de la FLM y al Visitador, organizar y atender con especial esmero a todos los laicos mercedarios, promoviendo la madurez espiritual, su participación activa en las obras liberadoras y su actualización permanente, con el fin de conducir a los candidatos y a los laicos mercedarios a vivir plenamente nuestro espíritu y misión en la Iglesia.
25.       Se requieren al menos siete fieles cristianos, candidatos a las acciones liberadoras, para la erección de un grupo de laicos mercedarios
26.       Los grupos ya existentes no deben cambiar su nomenclatura, sino conservarla con todas sus normas y tradiciones, excepto si están en contra de estos estatutos.
27.       Las Órdenes Terceras Mercedarias, conservarán la formación inicial de sus miembros con un año de noviciado, ajustando su estilo de vida y trabajo apostólico a estos estatutos.
28.       La comunidad religiosa mercedaria y los hermanos laicos mercedarios darán a conocer a los fieles de la comunidad eclesial el ideal mercedario para incrementar los grupos ya existentes y para promover, constituir y desarrollar nuevos grupos de FLM, según las exigencias de la Iglesia, las directrices de nuestro espíritu redentor y las circunstancias de cada lugar. (Cf. COM. 120)

CAPÍTULO V
CONSAGRACIÓN
29.       Por su consagración bautismal, los laicos mercedarios son testigos de Cristo resucitado; por su consagración mercedaria, viven una plenitud de virtudes cristianas como expresión del amor redentor.
30.       La consagración mercedaria de los laicos implica una vida de abnegación y sacrificio en la línea martirial, como signo de compromiso redentor.
31.       Los laicos mercedarios viven la experiencia de fe, oración y comunión de vida sustentados en la presencia de Jesús en su vidas, bajo el compromiso incorporación a la Iglesia y a la Orden, en la que han profesado.
32.       Por la admisión, los laicos mercedarios se entregan a la Orden de la Merced, comprometiéndose a vivir más de cerca las virtudes de la castidad, pobreza y obediencia, y una promesa paralela al voto de redención de los religiosos mercedarios. En virtud de esta consagración, dedican parte de su tiempo, de sus recursos y de sus conocimientos, a la misión redentora mercedaria. (Cf. COM.14)
33.       Los laicos mercedarios fomentan la virtud de la castidad en el ámbito de su propia familia, viviendo una fraternidad de amor que trascienda hacia los oprimidos de nuestro tiempo, para hacer más fecunda la misión redentora a la que se hap dedicado.
34.       Los laicos mercedarios consideran los bienes terrenos como un medio y recurso de vida, dando el verdadero valor a los bienes verdaderos: Dios, la criatura humana y su relación recíproca. En la medida de sus posibilidades destinan una parte de sus recursos económicos para la obra de la redención.
35.      En el trabajo redentor, los laicos mercedarios, como signo de aceptación a la voluntad de Dios, manifiestan su obediencia: al Maestro General de la Orden, al Responsable del Secretariado General de Pastoral Mercedaria, al Provincial, al Responsable del Secretariado Provincial de Pastoral Mercedaria, al Visitador de las FLM, a Director Espiritual propio y a los religiosos de la comunidad donde está enclavado el grupo mercedario.

CAPÍTULO VI
VIDA ESPIRITUAL Y TRADICIONES MERCEDARIAS
36.          La palabra de Dios y la celebración litúrgica, así como la oración, deben ser los pilares de la vida espiritual para vivir en constante diálogo con Dios.
37.          Todo laico mercedario goza de los privilegios de la Orden, para lo cual adquiere el compromiso de:
-          Rezar el oficio divino o liturgia de la Horas, como oración comunitaria y personal, los sábados y los días veinticuatro de cada mes.
-          Programar y Hacer visitas al Santísimo Sacramento tanto en grupo como individualmente
-          -Participar en los retiros mensuales y jomadas de espiritualidad, organizadas por la Junta de Gobierno -Rezar el Santo rosario, al menos los sábados y el día 24 de cada mes
-          -Participar en la sagrada Eucaristía: los sábados, los días 24, los días 6 y las fiestas y solemnidades litúrgicas de la Orden y de la Provincia, conforme al calendario propio
-          Participar en la celebración de los 7 sábados mercedarios
-          Colocar una imagen de Ntra. Madre Sma. de la Merced en algún lugar visible de su hogar y llevar un distintivo mercedario personal: medalla, escudo, escapulario.
38.       Tenemos siempre presentes en la oración a nuestros hermanos que ya han sido llamados por Dios a su presencia. Además de los sufragios señalados por las Constituciones de la Orden de la Merced y por los Estatutos Provinciales, cada FLM mandará aplicar una Misa mensual por todos los laicos mercedarios ya fallecidos, y una por cada laico mercedario del gmpo al que pertenece, dentro de los nueve días de su fallecimiento.
CAPÍTULO VII
ACTIVIDADES Y MISIÓN
39.       El espíritu mercedario supone el descubrimiento de Cristo que sigue padeciendo en los cristianos cautivos u oprimidos: “Vengan, benditos de mi Padre, porque estaba en la cárcel y me visitaron...”, debe ser la principal preocupación de todo laico mercedario.
40.       En comunión con la pastoral prioritaria de la Provincia, las FLM trabajan  principalmente:
A.        en la pastoral penitenciaria mercedaria, bajo la guía no sólo del Director espiritual, sino de los Responsables de dicha pastoral
B.         y en la pastoral de prevención del delito con los niños de nuestras casas hogar, conforme a los programas de trabajo presentados por los Encargados de las casas hogar.
En cada acción redentora se pondrá el mejor esfuerzo con un sello redentor.
41.       Cada uno de los miembros del grupo, bajo la coordinación del Director Espiritual y de la Junta de Gobierno, realizarán trabajos de promoción vocacional, tanto para incrementar el propio grupo como para aumentar el número de seminaristas mercedarios.
42.       Todas las demás actividades que realice el grupo, se buscarán y activarán conforme a los capítulos antecedentes.

CAPÍTULO VIII
RÉGIMEN Y DISCIPLINA
43.       Para el buen régimen y la animación directa del grupo, se constituye la Junta de Gobierno o Mesa Directiva. La Junta de Gobierno busca la unidad y la integridad del grupo, así como la promoción de nuevos hermanos y el impulso de las actividades del mismo.
44.       La Junta de Gobierno trabajo bajo la dirección del Director Espiritual y del Visitador, cuyas funciones quedan enmarcadas en los Estatutos de la Provincia Mercedaria Mexicana, en el Proyecto Comunitario de Vida y en la Programación anual de la Provincia.
45.       La Junta de Gobierno estará formada por un Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Maestro de Formación y algunos vocales, éstos con funciones bien definida, como coordinadores de acciones liberadoras, de acciones litúrgicas, de obras de caridad o sociales...), según las necesidades del grupo.
46.       Tiempo en los oficios de animación:
-          La duración de los hermanos en estos oficios es de tres años, aunque pueden ser reelectos, pero no por más de dos períodos. -Para ocupar dichos oficios, los hermanos deben ser escogidos de aquellos que estén dotados de prudencia y conocimientos y con 5 años de pertenencia a la FLM, como mínimo.
-          Todos los miembros de la Junta de Gobierno son elegidos en Capítulo Electivo y confirmados en su cargo por el Director Espiritual y/o por el Visitador.
47.       Es función del o de la Presidente:
-        Recordar y convocar a las reuniones ordinarias, tanto de la Junta de Gobierno como del grupo
-        Promover la vida espiritual, la vida fraterna y las acciones liberadoras
-        Representar a la FLM en actos litúrgicos, eclesiales o mercedarios a los que sean requeridos.
-        Dar cuenta de su oficio al Director Espiritual, al grupo y al Capítulo.
48.       Es función del Secretario o Secretaria:
-        Llevar un libro de profesiones o de consagración, según el grupo.
-        Llevar un libro de actas y escribir en él las actas de las reuniones de la Junta de Gobierno y de la FLM
-        En el mismo libro de actas o en otro por separado, extraer el contenido de las explicaciones que dé el Director Espiritual periódicamente
-        Tener y actualizar un registro de los hermanos laicos mercedarios
-        Dar cuenta de su oficio al Director Espiritual, al grupo y al Capítulo
49.       Es función del tesorero:
-             Llevar y actualizar un inventario detallado por escrito en un
-             libro expreso, de los bienes de la FLM
-             Recibir las cuotas semanales o mensuales de los hermanos
-             Realizar los gastos ordinarios o acordados por la Junta de
-             Gobierno.
-             Llevar los libros de entradas y salidas, de manera transparente
-             Dar cuenta de su oficio al Director Espiritual, al grupo y al Capítulo
50.       Los Vocales tienen sus oficios de acuerda a las actividades del grupo. Si el grupo considera innecesarias sus funciones, no se nombran.
51.       Las FLM celebran Capítulo electivo administrativo cada tres años, buscando una fecha especial y fija. El capítulo es un momento fuerte de integración, en donde todos los hermanos laicos mercedarios examinan la marcha del grupo e impulsan su progreso; analizan los problemas existentes para encontrarles una solución; analizan la labor común liberadora y
enfocan más positivamente su colaboración con el Proyecto Comunitario de Vida de los religiosos mercedarios.
Preparación del Capítulo
-             El Capítulo es convocado por escrito por el P. Director Espiritual, con el Vo.Bo del Visitador, al menos con dos meses de anticipación.
-             Es conveniente que el Capítulo se haga de un día, dentro del cual se fortalezca la oración y el amor fraterno, se realice una evaluación de las actividades del período pasado y se programen actividades para el siguiente período.
-             El Orden del Capítulo lo disponen previamente el Director Espiritual con la Junta de Gobierno, y lo aprueba el P. Visitador.
-             Tienen voz y voto, con obligación de participar en el Capítulo: i. El Visitador ¡i. El Director Espiritual
iii.  Los religiosos de la comunidad local
iv. La Junta de Gobierno
v. Los hermanos y hermanas del grupo adscritos a la FLM
-          Corresponde al Capítulo Electivo:
-          -Conocer el trabajo que desarrolló la Junta de Gobierno durante el trienio
-          -Aprobar normas, líneas de acción y actividades liberadoras y apostólicas
-          -Programar las reuniones del grupo y de la Junta de Gobierno
-          -Programar actividades liberadoras y del grupo, para el trienio
-          -Fijar la cuota mensual a cada laico mercedario -Elegir a la Junta de Gobierno
Se elige a cada miembro de la Junta de Gobierno: Presidente, Secretario, Tesorero, Maestro de Formación y vocales. Para la elección se propone por escrito, para cada oficio, a los candidatos; y de entre los tres más presentados, se elige a uno por votación. Se considera electo quien ha obtenido la mayoría absoluta de votos de los presentes, es decir, más de la mitad. Habida la elección, el Director Espiritual o el Visitador, si está presente, proclaman en su oficio al electo, una vez que aceptó dicho oficio. (Cf. CIC 119)
55.       Después de dos escrutinios ineficaces, se hace la votación sobre los dos candidatos más votados; después del tercer escrutinio si persiste el empate, queda elegido el de más antigüedad en la FLM. (Cf. CIC. 119-1)
56.       Cuando se trate de otros asuntos que deban ser sometidos a votación en el Capítulo, se procede también por mayoría absoluta de los presentes; si después de dos escrutinios persistiera un empate de votos, el presidente del capítulo resuelve con su voto. (Cf. CIC. 119-2)

CAPÍTULO IX
NORMAS GENERALES Y FORMAS DE ACTUAR
57.       Para representar a las FLM en las diócesis o en grupos eclesiales diocesanos, se nombra una Representante, quien será el lazo de unión entre las FLM y las diócesis. Su presentación se hace por votación, a criterio del Visitador. Y Sus funciones quedan enmarcadas en el nombramiento que extiende por escrito el mismo Visitador.
58.       Los laicos mercedarios deben tener en gran estima al grupo de FLM al que pertenecen, así como a la Orden de la Merced y a la Provincia Mercedaria Mexicana, ya que con la espiritualidad de estas instituciones informan de espíritu cristiano el orden temporal, y fomentan así una más íntima unión entre la fe y la vida. (Cf. C.I.C 327)
59.       Aunque las FLM han sido erigidas con una finalidad propia, deben cuidar de colaborar con alegría en las distintas obras cristianas de la diócesis, cuando así lo soliciten las autoridades competentes (Cf. C.I.C 328), Teniendo en cuenta que el Obispo es el responsable de toda pastoral.
60.       Además de la misión redentora que las FLM desarrollan en coordinación con la comunidad religiosa, cada una puede adoptar libremente iniciativas que estén de acuerdo con su carácter y fin; pero evitando la dispersión de fuerzas, y ordenando al bien común el ejercicio de su apostolado; y siempre bajo la dirección del Director Espiritual. (Cf. C.I.C 315; 323-2)
61.       Nadie, que legítimamente haya sido admitido en una FLM, puede ser expulsado de ella; a no ser por una causa justa, como desobediencia pertinaz, ausencias prolongadas, difamación al grupo... La expulsión se hará por escrito, con las firmas del Director Espiritual y del P. Visitador.
62.       En circunstancias especiales, cuando lo exijan graves razones, el Director Espiritual, con el conocimiento del Visitador, puede destituir de su oficio de la Junta de Gobierno, a un hermano. Para el desarrollo de las actividades del grupo, nombrar otro miembro sustituto, sea para un período temporal sea hasta que termine el período trienal. (Cf. C.I.C 318)
63.       Una FLM puede ser suprimida por el P. Provincial, si su actividad o presencia resulta dañina para la Iglesia o causa grave escándalo a la comunidad eclesial. (Cf. C.I.C 326)

64.       Los Estatutos de las FLM así como su revisión y sus enmiendas son aprobados por el Superior Provincial. (Cf. C.I.C 314) 

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